En el pasado IV Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada se anunció el formato facturae 3.2.
Desde el 29 de mayo de 2009 está publicado en el portal del MITyC facturae.
El documento «Historial de versiones y modificaciones» señala las principales diferencias:
La versión 3.2 no difiere mucho de la 3.1. Sin embargo no es compatible con ésta, puesto que elimina y modifica algunos elementos de la versión anterior.
La versión 3.2 podrá usarse en cualquier caso y además también podrá usarse la versión 3.1 o 3.0 salvo en las siguientes circunstancias que requerirán obligatoriamente la 3.2:
- Cuando sea requerida una precisión de 6 decimales en el coste total, importe bruto, descuento unitario o cargo unitario.
- Si algún concepto de la factura está sujeto a uno de los nuevos tipos de impuestos: REIVA, REIGIC o REIPSI.
- Cuando sea necesario definir un código estadístico y/o una referencia del cliente pagador, en los datos de pago.
- En el caso en el que sea necesario definir el código SWIFT de una cuenta bancaria.
- Cuando sea necesario definir una descripción de un centro administrativo.
- Al crear una factura rectificativa y sea necesario exponer una descripción amplia del motivo de rectificación.
- Si uno de los centros administrativos declarados lleva asociado un rol definido en esta nueva versión: Vendedor, Receptor del pago, Receptor del cobro, Emisor.
- Cuando alguno de los conceptos declarados en la factura requieran la definición de la fiscalidad especial, es decir, los campos fiscalidad especial y justificación de la fiscalidad especial.
- Si al definir una cuenta bancaria, es necesario definir bien el IBAN, bien el número de cuenta.
- Cuando se facturen conceptos medidos en metros cúbicos, segundos o vatios.
- Si es necesario definir información adicional a nivel de línea de detalle. Esta información adicional puede ser: código de artículo, fecha contrato emisor, fecha pedido emisor, fecha contrato receptor, fecha pedido receptor, referencia del expediente, fecha del expediente.
- Si al definir un nuevo albarán, es requerido especificar la fecha del mismo.
- Cuando se pretende que la etiqueta que define el orden que ocupa un concepto o línea de detalle dentro de la factura sea “SequenceNumber” en lugar de la etiqueta que existía en la versión 3.1 y que podía resultar ambigua.

Hola Julián,
Cuando queráis hacemos pruebas de interoperabilidad.
Saludos,
Ramiro.-